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Gabriel Gómez Yagüe

Admisión del alumnado en centros docentes de Castilla y León para el curso 2023-2024

Actualizado: 22 feb 2023

Admisión del alumnado en centros docentes de Castilla y León. E. infantil (segundo ciclo), E. primaria, ESO, Bachillerato y TVA


Admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, para cursar en el Curso académico 2023-2024 enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación primaria, Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato y Programas de Formación para la Transición a la vida Adulta.

Se gestionará así mismo, la admisión de primer ciclo de educación infantil (1-2 años y 2-3 años) cuyos centros tengan continuidad de las enseñanzas (segundo ciclo de educación infantil).


Información general


El proceso de admisión al que nos referimos es el que se aplica al alumnado que pretende cursar enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria , bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta.


El proceso de admisión han requerido contar con un soporte normativo, y mecanismos que contribuyan a una mayor calidad en la gestión del mismo y, en este sentido, se establece un completo catálogo de principios reguladores del proceso que, además de la garantía de acceso a la enseñanza o la libre elección de centro, incide en la no discriminación, en la igualdad en la aplicación de las normas, en la calidad educativa, en la igualdad de oportunidades y la cohesión social.


La Ley Orgánica2/2006, de 3 de mayo de Educación (LOE), regula en el título II capítulo III, la escolarización en centros públicos y privados concertados. Este capítulo se ha visto afectado por la modificación que la citada ley orgánica ha efectuado la Ley Orgánica 3/2020, 29 de diciembre (LOMLOE).

En cuanto a disposiciones de carácter general, está constituido por:

  • DECRETO 52/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, modificado por el DECRETO 32/2021, de 25 de noviembre...

  • ORDEN EDU/70/2019, de 30 de enero, por la que se desarrolla el Decreto 52/2018.. (...) , modificada por la ORDEN 1623/2021, de 22 de diciembre...


La gestión del proceso de admisión de cada año se concreta en la Resolución cuyo objetivo general se explicita en su propio articulado, y es concretar las actuaciones que deberán llevarse a cabo para la correcta gestión del próximo proceso de admisión, tanto por el alumnado y familias participantes, como por los demás agentes con participación en el proceso (centros docentes, órganos periféricos, etc.).

Resolución 2023 (1.1 MB) (27 páginas) de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Equidad Educativa, por la que se concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León para cursar en 2023-2024 enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta, sostenidas con fondos públicos de la Administración de Castilla y León.


Participación en el proceso de admisión.

La participación en el proceso de admisión se realiza de forma diferenciada según el momento y las circunstancias bajo las que se solicite:


Proceso ordinario


PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Del 17 de marzo al 10 de abril (14:00h)

Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas.

PERIODO NO ORDINARIO "EXCEPCIONALIDAD"

Admisión del alumnado fuera del proceso ordinario. 2º ciclo de educación infantil, educación primaria, ESO y Bachillerato.

Del 3 de julio al 1 de septiembre de 2023


Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales

  • Necesidades excepcionales de escolarización inmediata que se produzca a lo largo del curso escolar y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión.

  • Actos de violencia de género.

  • Convivencia escolar desfavorable.

  • Alumnado que se incorpora al sistema educativo cuando no pueda participar en el proceso ordinario de admisión, o de haber participado no hubiera obtenido plaza.

  • Alumnado con cambio de residencia.

  • Adopción o acogimiento familiar.


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